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Actuación LECS-DAAA

GENERALIDADES
1. Propósito:

El propósito de esta documento es definir  los procedimientos de coordinación que deben aplicarse entre el Centro de Control de Área de Sevilla y el Centro de Control de Área de Argel. Existe una LoA entre VATSIM Spain y Maghreb vACC, por lo que este documento servirá como manual de operación y guía de coordinación del CTA de LECS para con el de GMMM que profundiza en aquella LoA pero que no la sustituye, por lo que todo lo que contenga este será de estricta coordinación. 

Estos procedimientos son complementarios a los especificados en los documentos de la OACI, EUROCONTROL y/o en los documentos nacionales.

1. 1. Estatus operacional:

Ambas ATSU deberán mantener coordinación constante, y en especial, el controlador o conjunto de controladores del ACC de Canarias sobre cualquier cambio en el estado operativo de sus operaciones y ayudas a la navegación que pueda afectar a los procedimientos entre ambos ACCs. 

ÁREAS DE RESPONSABILIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE ATS.
2. 1. Área de Responsabilidad:

Los límites laterales y verticales de las respectivas áreas son los siguientes:

ACC ARGEL

  • Límites lateralesAIP Argelia ENR 2.1.

  • Límites verticales: AIP Argelia ENR 2.1.

    • La clasificación del espacio aéreo OACI correspondiente al área de responsabilidad del ACC de Argel, a lo largo del límite común entre el área de responsabilidad del ACC de Argel y el ACC de Sevilla, se describe en el Anexo B de este documento. 

ACC SEVILLA

  • Límites laterales: AIP España ENR 2.1.

  • Límites verticales: AIP España ENR 2.1.

    • La clasificación del espacio aéreo OACI correspondiente al área de responsabilidad del ACC de Argel, a lo largo del límite común entre el área de responsabilidad del ACC de Casablanca y el ACC de Sevilla, se describe en el Anexo B de este documento..

2. 2. Áreas para la prestación transfronteriza de ATS.


Las áreas para la prestación transfronteriza de los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS), definidas en coordinación con las unidades de servicios de tránsito aéreo correspondientes a lo largo del límite común entre las áreas de responsabilidad del ACC de Casablanca y del ACC de Canarias, se describen en el Anexo B de este documento.

PROCEDIMIENTOS
3. 1. Procedimientos específicos:

Los procedimientos que deben aplicar el ACC de Casablanca y el ACC de Canarias se detallan en los Anexos de esta documento:

Anexo A: Definiciones y Abreviaturas
Anexo B: Área de Interés Común
Anexo C: Intercambio de Datos de Vuelo
Anexo D: Procedimientos de Coordinación
Anexo E: Transferencia de Control y Transferencia de Comunicaciones

3. 2. Difusión

Los procedimientos aquí descritos serán de coordinación, especialmente en aquellos que no están contenidos en la LoA vigente o que bien la contradigan. En ambos casos prevalecerá la LoA en caso de ambigüedad, teniendo en cualquiera de los casos el CTA de LECS coordinar con DAAA cada uno de los procedimientos descritos.

Estos procedimientos deberán ser difundidos al personal operativo de las unidades ATS implicadas de VATSIM Spain.

REVISIONES Y DESVIACIONES
4. 1. Revisión de los Anexos de este documento:

La revisión de los Anexos de este documento estará a cargo del Departamento de Operaciones - División de Documentación y estará basada tanto en lo previsto o documentado por el Departamento de Operaciones. Siempre prevalecerá por orden jerárquico:

  • Lo publicado en el AIP y
  • Finalmente,  este documento junto a los procedimientos locales del vACC publicados en esta Biblioteca.
4. 2. Desviaciones temporales:

Cuando sea necesario, los responsables de los Departamentos de Operaciones podrán introducir, bajo acuerdo previo y por un periodo de tiempo específico, modificaciones temporales a los procedimientos que conciernen a ambos vACCs.

4. 3. Desviaciones incidentales:

Pueden surgir situaciones en las que se hagan desviaciones incidentales de los Procedimientos Especificados en los Anexos de este documento. En estas circunstancias, se espera que los controladores ejerzan su mejor juicio para garantizar la seguridad y eficiencia del tráfico aéreo. 

INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

En caso de surgir alguna duda o discrepancia respecto a la interpretación de cualquier disposición de este documento o en caso de disputa sobre su aplicación, las controladores del ACC de Sevilla consultarán con el Departamento de Operaciones sus dudas y desacuerdos para que, si proceden, puedan ser elevadas a instancias superiores, primando siempre la LoA en vigor.

VALIDEZ

La validez de este documento tendrá vigencia en la medida que este documento esté publicado por los medios de documentación públicas de VATSIM Spain y como manual coordinación, pues no sustituye a la LoA en vigor. Se recomienda a los controladores revisar constantemente este documento antes de abrir cualquiera de las dependencias de ruta de LECS.

ANEXO A:

ABREVIATURAS

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ANEXO B

Área del Interés Común

B.1. Estructura y Clasificación del Espacio Área de Interés Común.
  • Argel ACC

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  • Sevilla ACC

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B. 2. Sectorización

El Área de Interés Común coincide con el Espacio Aéreo Delegado a Sevilla ACC por Barcelona ACC:

  • Límites laterales:
    • 370730N 0014529W
      363816N 0012956W
      362713N 0010125W
      361508N OO72942W
      355000N 0020600w
      370730N 0014629W
  • Límites verticales:
    • FL 660/MSL
B. 3. Otras Áreas: Rutas Fronterizas Comunes

La Ruta Fronteriza Común debe entenderse como una ruta dentro de un área limitada por:

  • Límite Norte: Límite entre el ACC de Barcelona y el ACC de Sevilla.
  • Límite Sur: Límite entre el ACC de Argel y el ACC de Barcelona, con espacio aéreo delegado al ACC de Sevilla.

APÉNDICE 1 del Anexo B

Sectorización

Sectores del ACC de Argel

Los apéndices son ilustrativos. Siempre mantener vigente la LoA publicada y lo establecido por Maghreb vACC.

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APÉNDICE 2 del Anexo B

Sevilla ACC / Argel ACC Espacio Aéreo Común

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ANEXO C

Intercambio de Datos de Vuelo

Mensajes de Argel ACC a Sevilla ACC

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Mensajes de Sevilla ACC a Argel ACC

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ANEXO D

Procedimientos de Coordinación

Ambas Unidades ATS garantizan el Servicio de Control Radar a ambos lados de la Frontera Común, asegurando así una separación longitudinal de al menos 10 NM, constante o creciente, entre dos aeronaves al mismo nivel.

D. 1. FRA DCTs, Rutas-ATS, Puntos de Coordinación y Asignación de Nivel:

Excepto cuando se efectúe una coordinación previa de forma individual para vuelos fuera de las rutas ATS, el tráfico entre el ACC de Argel y el ACC de Sevilla deberá ser enrutado a lo largo de las Rutas ATS indicadas en los AIP respectivas.

Los vuelos fuera de las Rutas ATS deberán recibir niveles de vuelo de acuerdo con la tabla de niveles de crucero publicada en el Apéndice C del Anexo 2 de la OACI.

Las Rutas ATS disponibles, OCTs y COPs que deben utilizarse, así como la asignación de niveles de vuelo que se aplicará, a menos que se acuerde otra cosa mediante coordinación o se describa de otra forma en el párrafo 0.3, se describen en las tablas siguientes.

D. 2. Vuelos de Argel ACC a Sevilla ACC

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D. 3. Vuelos de Sevilla ACC a Argel ACC

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D. 4. Procedimientos Especiales 

-Operaciones FRA (Free Route Airspace)

  • El FRA se implementa dentro del ACC de Sevilla las 24 horas (H24) entre FL245 y FL660.
  • Los procedimientos del FRA se publican en la AIP y en el RAD.
  • Los puntos significativos en la frontera común de la FIR se consideran como puntos horizontales de entrada/salida del FRA.

-Puntos Significativos FRA

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D. 5. Coordinación del Estado de Áreas Especiales en el Área de Interés Común.

Ambas Unidades ATS deberán mantenerse mutuamente informadas sobre cualquier tráfico que transite por la Ruta Fronteriza Común.

D. 6. Vuelos visuales.

Coordinación verbal obligatoria entre ambas unidades para cualquier tránsito VFR conocido. 

ANEXO E

Transferencia de Control y Transferencia de Comunicaciones

Consultar la LoA en vigor entre ambas dependencias.