Sevilla Control - Ruta 3 | Manual Operativo
1. SERVICIOS PRESTADOS EN LA DEPENDENCIA
En LECS, se prestan los siguientes servicios:
- Servicio de control de tránsito aéreo.
- Servicios de asesoramiento.
- Servicio de información de vuelo.
2. ESPACIO AÉREO
2. 1. Límites FIR/UIR
Los límites del FIR/UIR en el que se encuentra el área de jurisdicción de la dependencia se recogen en el AIP-España ENR 2.1.
El área de jurisdicción de la dependencia es la parte comprendida al sur del paralelo 390000N de la correspondiente al FIR/UIR Madrid cuyos límites laterales son:
MADRID FIR
4500N 01300W; 4500N 00800W; 4420N 00400W; 4335N 00147W; 4323N 00147W frontera franco-española hasta 4242N 00004W; 3944N 00106W; 3550N 00206W; 3550N 00723W; 3558N 00723W; por el meridiano 00723W siguiendo la frontera hispano-portuguesa hasta su extremo NW en la costa del Atlántico hasta 4200N 01000W; 4300N 01300W; 4500N 01300W.
2. 2. HISPAFRA
El designador del espacio aéreo Free Route en España es HISPAFRA. Los límites horizontales y verticales del área de HISPAFRA (Celda 1 Continental y Celda 2 Canarias) se recogen en AIP-ESPAÑA ENR 2.2. La carta de las celdas se encuentra en el AIP-España ENR 6.1. Los "Mapas Web del AIP" se pueden consultar de forma digital en el siguiente enlace: https://insignia.enaire.es/
Los puntos publicados que posibilitan la planificación de encaminamiento libre en HISPAFRA se encuentran publicados en AIP-ESPAÑA ENR 4.4 (DESIGNADORES NOMBRES EN CLAVE PARA LOS PUNTOS SIGNIFICATIVOS) y en AIP-ESPAÑA ENR 4.1 (RADIOAYUDAS PARA LA NAVEGACIÓN - EN RUTA). HISPAFRA no elimina puntos publicados, sino que añade una información a los puntos que pueden ser utilizados para planificar en FRA mediante la definición de su relevancia. Las definiciones y características de los puntos FRA se publican en el GEN 2.2 y ENR 1.3 de AIP.
2. 3. Clasificación del espacio aéreo, TMA, CTR y ATZ de los aeródromos civiles y militares de su jurisdicción
La clasificación del espacio aéreo está recogida en el AIP-España ENR 1.4.
En concreto, para el área de jurisdicción de la dependencia, la clasificación es la siguiente:
- Áreas controladas:
- Desde FL145 hasta FL660, clase C.
- TMA de Sevilla:
- Área 1: Desde 1000 ft AGL-AMSL-Límite superior CTR hasta FL145, clase D.
- Área 2: Desde 1000 ft SFC hasta 4000 ft AMSL, clase D.
- Área 3A: Desde 1000 ft AGL-AMSL hasta FL145, clase D.
- Área 3: Desde FL145-FL245, clase C.
- Desde límite inferior sectores TSEV hasta FL145, clase D
- Área 4: Desde 1000 ft AGL-AMSL hasta FL245, sin clasificación.
- Área 5: Desde 1000 ft AGL-AMSL hasta FL090, clase D.
- Área 6: Desde 1000 ft AGL-AMSL hasta FL145, clase D.
- Área 7A: Desde 1000 ft SFC hasta FL145, clase D.
- Área 7B: Desde 1000 ft SFC hasta FL145, clase D.
- Área 7C: Desde 2500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-1: Desde 5500 ft MASL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-2: Desde 3500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-3: Desde 4500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-4: Desde 3000 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-5: Desde 5500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-6: Desde 3500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-7: Desde 2500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-8: Desde 6500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-9: Desde 7500 ft AMSL hasta FL145, clase D.
- Área TSEV-10: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 5500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-11: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 6500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-12: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 5200 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-13: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 7500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-14: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 8500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-15: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 8500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-16: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 12500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-17: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 4500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-18: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 6500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-19: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 7500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-20: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 8500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-21: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 8500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-22: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 6500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-23: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 5500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-24: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 3500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-25: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 2000 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-26: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 1000 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-27: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 2500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-28: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 3000 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-29: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 7500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-30: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 1500 ft AMSL-FL145, clase D.
- Área TSEV-31: Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 3500 ft AMSL-FL145, clase D.
-
- El resto del TMA:
- Desde FL145 hasta FL245, clase C.
- Desde 1000 ft AGL-AMSL hasta FL145, clase E.
- El resto del TMA:
- Las aerovías son:
- Clase C: Aerovías entre FL145 y FL660.
- Clase D: Aerovías desde MEA a FL145.
- Excepto cuando se encuentren dentro de un espacio aéreo de clasificación superior (A, B, C) que tendrán la clasificación de dicho espacio aéreo.
- El corredor de Melilla es clase G.
- Zonas Peligrosas o Restringidas:
- Respecto al suministro de servicios de tránsito aéreo, el espacio aéreo de las zonas peligrosas o restringidas, TRA y TSA:
- se considera espacio aéreo no clasificado durante su periodo de actividad, salvo que se autorice su utilización a la circulación aérea; y
- fuera de su período de actividad, y cuando en su período de actividad se autorice su utilización a la circulación aérea, tendrán la clasificación del espacio aéreo dentro del cual se hallen ubicadas.
- Respecto al suministro de servicios de tránsito aéreo, el espacio aéreo de las zonas peligrosas o restringidas, TRA y TSA:
- El resto de los espacios aéreos no incluidos en los apartados precedentes son clase G.
Los TMA bajo su jurisdicción se encuentran en el AIP-España ENR 2.1.
Los CTR, ATZ y FIZ de aeródromos bajo la jurisdicción de la dependencia o a los que presta servicio se encuentran dentro del AD-2.
2. 4. Delegaciones de espacio aéreo
Las delegaciones de espacio aéreo que afectan a la dependencia se encuentran en el AIP-España ENR 2.2.
2. 5. Corredor de Melilla.
Los límites y la clasificación del Espacio Aéreo definido como Corredor de Melilla están definidos en el AIP-España ENR 2.1.
Los límites laterales son los siguientes:
CORREDOR DE MELILLA
355000N 0022000W hasta la interceptación del meridiano 0022000W con la costa de Marruecos, siguiendo el contorno de la costa y el límite de Melilla hasta su intersección con el meridiano 0033000W, al punto 355000N 0033000W y de nuevo a 355000N 0022000W.
Los límites verticales son: FL60/SFC. Se adjunta mapa:
2. 6. Áreas prohibidas, restringidas, peligrosas, temporalmente reservadas y
segregadas
Las áreas prohibidas, restringidas, peligrosas, temporalmente reservadas y segregadas dentro del área de responsabilidad de la dependencia se encuentran descritas en el AIP-España ENR 5.1 y ENR 5.2. Dichas áreas se recogen en el siguiente mapa:
2. 7. Áreas de aplicación RVSM
Las áreas de aplicación RVSM en el área de jurisdicción de la dependencia se recogen en el AIP-España ENR 2.1.
2. 8. Esperas en TMA
2. 8. 1. Incompatibilidades de espera en TMA
Las incompatibilidades de espera en TMA dentro del área de jurisdicción de la dependencia que se encuentran recogidas en el AIP-España ENR 3.6
2. 8. 2. Requisitos de separación mediante sistemas de vigilancia ATS entre tráficos en espera y otros vuelos
Las incompatibilidades de espera en TMA dentro del área de jurisdicción de la dependencia se encuentran recogidas en el AIP-España ENR 3.6. Hay que destacar que en el AIP sólo aparecen las incompatibilidades entre los circuitos de espera en los IAF que corresponden a las aproximaciones nominales.
Por debajo de FL200 el CTA podrá utilizar el radar para separar tráficos en espera con otros que se encuentran en las cercanías (ya sea en esperas adyacentes o en vuelo recto).
2. 9. Aerovías
Las aerovías que se encuentran dentro del área de jurisdicción de la dependencia se recogen en AIP-España ENR 3
2. 10. Radioayudas
Las radioayudas en el área de jurisdicción de la dependencia están contenidas en el AIP-España GEN 2.5, ENR 4.1 y en las fichas de los aeródromos/helipuertos bajo jurisdicción de la dependencia dentro del AD-2 y del AD-3.
2. 11. ACC/TACC colaterales
Las dependencias radar colaterales de LECS son LECM (ACC Madrid), LECB (ACC Barcelona), LPPC (ACC Lisboa), LPFR (Aproximación Faro), GMMM (ACC Casablanca), GMAC (ACC Agadir), DAAA (ACC Argel), LECL (TACC Valencia) y LEMG (Aproximación Málaga).
2. 12. Instalaciones y operadores cuya actividad afecta a la prestación ATS en
espacio aéreo de responsabilidad de LECS
De las instalaciones aeronáuticas/operadores dentro del EA (Espacio Aéreo) de la dependencia, en algunos casos se ha considerado conveniente establecer acuerdos específicos que se establecen en los distintos briefings de las dependencias en esta biblioteca.
Las instalaciones de uso público (por razón de las operaciones aeronáuticas que se pueden realizar en ellas, con independencia de que la infraestructura esté abierta a todos los usuarios o sea de uso privado) constan publicadas en:
A lo que se suma:
- Restringidos: AIP-AD1.3
- Determinadas localizaciones de deporte aéreo y recreativo: AIP-ENR 5.5.
Además, se identifican los siguientes operadores con afectación en la operativa de la dependencia, que no constan publicadas en AIP:
- AIRBUS
- Escuelas de vuelo con base en el Aeropuerto de Jerez
- Escuela de vuelo con base en el aeródromo de Córdoba
3. INFORMACIÓN TÉCNICA
3. 1. Frecuencias y sectores de control
Las frecuencias de los distintos espacios aéreos dentro de la jurisdicción de la dependencia se recogen en el AIP España ENR 2.1 y en las fichas de los aeródromos bajo jurisdicción de la dependencia dentro del AD-2.2.
3. 2. Uso del CPDLC
En el Espacio Aéreo de responsabilidad de LECS, se operará el CPDLC a partir de FL285, o por debajo de dicho nivel de vuelo según la disponibilidad y/o cobertura de las estaciones VDL-2, cuyo nivel de vuelo mínimo estimado de cobertura viene representado en la siguiente figura:
3. 3. Uso de la información procedente de sistemas de vigilancia ATS
Los requisitos aplicables a los servicios de vigilancia ATS vienen regulados en:
- Easy Access Rules (EAR) for ATM-ANS (Regulation (EU) 2017/373): ATS.TR.155 ATS surveillance services, AMC y GM asociadas.
- Easy Access Rules (EAR) for Standardised European Rules of the Air (SERA): SERA.7002 y SECTION 13.
- RCA libro IV capítulo 6.
Los servicios y procedimientos de vigilancia ATS para los usuarios del espacio aéreo vienen detallados en:
- De manera general, en AIP España, ENR 1.6. y AIC 2/2015
- De manera particular en AIP España, AIP-España AD2-LEMH ítem 22
La fraseología asociada a los servicios de vigilancia ATS viene regulada en:
- Easy Access Rules (EAR) for Standardised European Rules of the Air (SERA): SERA.14001, Appendix 1,
punto 2: ATS surveillance service phraseologies. - Real Decreto 1180/2018, Anexo V: Fraseología, punto 2: Fraseología del servicio de vigilancia ATS
Los procedimientos aplicables a los servicios de vigilancia ATS no hacen distinción entre las fuentes de vigilancia (SSR, MLAT y/o ADS-B), por lo que los procedimientos aplicables sobre una pista ADS-B, tales como la identificación y el uso de la vigilancia ATS para la provisión de los servicios de tránsito aéreo en general, serán los mismos que se vienen aplicando sobre las pistas SSR, con la salvedad de la instrucción "SQUAWK IDENT" para pistas SSR debe reemplazarse por la instrucción "TRANSMIT ADS-B IDENT" en el caso de pistas ADS-B y que las mínimas de separación dependerán del tipo de pista de vigilancia, SSR o ADS-B, según se indica en el apartado de mínimas de separación horizontal.
3. 3. 1. Servicio de control de área.
La información que proporcionan los sistemas de vigilancia ATS puede usarse para llevar a cabo las siguientes funciones en el suministro del servicio de control de área:
a) Proporcionar servicios de vigilancia ATS necesarios para mejorar la utilización del espacio aéreo, disminuir las demoras, proporcionar encaminamiento directo y perfiles de vuelo óptimos, así como para mejorar la seguridad;
b) Proporcionar guía vectorial a las aeronaves que salen, a fin de facilitar una circulación de salida rápida y eficaz y acelerar la subida hasta el nivel de crucero;
c) Proporcionar guía vectorial a las aeronaves en ruta, con objeto de resolver posibles incompatibilidades de tránsito;
d) Proporcionar guía vectorial a las aeronaves que llegan a fin de establecer un orden de aproximación expedito y eficaz;
e) Proporcionar guía vectorial para prestar ayuda a los pilotos en la navegación, p. ej., hacia o desde una radioayuda para la navegación, alejándose de áreas de condiciones meteorológicas adversas o de los alrededores de las mismas, etc.;
f) Proporcionar separación y mantener la afluencia normal de tránsito cuando una aeronave tenga un fallo de comunicaciones dentro del área de cobertura;
g) Mantener la supervisión de la trayectoria de vuelo del tránsito aéreo;
h) Cuando corresponda, mantener vigilancia sobre la marcha del tránsito aéreo, para proporcionar al controlador por procedimientos:
1. Una mejor información de posición respecto a las aeronaves que están bajo control;
2. Información suplementaria respecto a otro tránsito; y
3. Información sobre cualquier desviación importante de las aeronaves, respecto a lo estipulado en las correspondientes autorizaciones del control de tránsito aéreo, incluso las rutas autorizadas y niveles de vuelo cuando corresponda.
3. 3. 1. 1. Mínimas de separación horizontal
Dentro del espacio aéreo delegado del FIR/UIR Madrid (AIP ENR2.2), excepto en los TMA, CTA (AIP ENR2.1) serán de aplicación las siguientes mínimas de separación horizontal basadas en el uso del sistema de vigilancia ATS en el servicio de control de tránsito aéreo.
Vigilancia ATS con secundario (SSR), MLAT y/o ADS-B
Entre pistas de secundario (SSR <-> SSR), entre una pista de secundario y una pista ADS-B (SSR <-> ADS) y entre pistas ADS-B (ADS <-> ADS):
Siempre poseeremos como disponible el sistema de vigilancia ATS (SSR <-> SSR) Multisensor SSR Multisensor <-> ADS ADS <-> ADS; por lo que la separación mínima horizontal en LECS será 5 NM.
La mínima de separación vertical serán 1000 pies. 2000 pies por encima del RVSM.
3. 3. 2. Servicio de control de aproximación
Además de las funciones previstas para el servicio de control de área, la información de vigilancia ATS puede usarse para llevar a cabo las siguientes funciones en el suministro del servicio de control de aproximación:
a) Proporcionar guía vectorial al tránsito de llegada hasta ayudas para la aproximación final interpretadas por el piloto;
b) Proporcionar guía vectorial al tránsito de llegada hasta un punto desde el cual pueda completarse la aproximación visual;
c) Proporcionar guía vectorial al tránsito de llegada hasta un punto desde el cual pueda efectuarse una
aproximación radar de precisión o una aproximación con radar de vigilancia;
d) Proporcionar supervisión de la trayectoria de vuelo en otras aproximaciones interpretadas por el piloto;
e) Proporcionar supervisión de la trayectoria de vuelo en otras aproximaciones interpretadas por el piloto;
f) Realizar, de conformidad con los procedimientos prescritos:
1. Aproximaciones con radar de vigilancia;
2. Aproximaciones con radar de precisión (PAR); y
g) Proporcionar separación entre:
1. Aeronaves sucesivas a la salida;
2. Aeronaves sucesivas a la llegada; y
3. Una aeronave que sale y una aeronave que llega a continuación.
3. 3. 2. 1. Mínimas de separación horizontal
Dentro del Área de Control Terminal de Sevilla, excepto en los espacios aéreos delegados (AIP ENR2.2), serán de aplicación las siguientes mínimas de separación horizontal basadas en el uso del sistema de vigilancia ATS en el servicio de control de tránsito aéreo.
Vigilancia ATS con radar primario (PSR)
Entre pistas de vigilancia de primario (PSR <-> PSR), entre una pista de vigilancia de primario y una pista de vigilancia de secundario (PSR <-> SSR) y entre una pista de vigilancia de primario y una pista de vigilancia ADS-B
(PSR <-> ADS):
Vigilancia ATS con secundario (SSR), MLAT y/o ADS-B
Entre pistas de vigilancia de secundario (SSR <-> SSR), entre una pista de vigilancia de secundario y una pista de vigilancia ADS-B (SSR <-> ADS) y entre pistas de vigilancia ADS-B (ADS <-> ADS):
Pese a que estas sean las separación mínimas, las secuencias se trabajarán en base a una separación mínima garantizada de 7 NM entre aeronaves consecutivas con velocidades semajantes.
- ¹ Las pistas PV o seudopistas, no tienen carácter de vigilancia ATS, por lo que no les son de aplicación estas separaciones.
- ² Excepto en los volúmenes en los que se presenta el servicio GRAN CANARIA APP y los espacios delegados (AIP ENR2.2)
- ³ Excepto que sea aplicable una separación mínima superior por estela de acuerdo con AMC6 ATS.TR.220.
- ⁴ Para el servicio ATS SEVILLA APP, el radar principal es EL JUDIO que dispone de tecnología SSR Monopulso y PSR Primario. (AIP ENR 1.6).
Siempre poseeremos como disponible el sistema de vigilancia ATS (SSR <-> SSR) Multisensor SSR Multisensor <-> ADS ADS <-> ADS; por lo que la separación mínima horizontal en Sevilla Aproximación será 3 NM.
4. Organización operativa de la dependencia
4. 1. Sectores de control
El número de sectores y las diferentes posibilidades de apertura dependen de la demanda de tráfico, así como del número de controladores de servicio.
4. 2. Información previa al inicio del servicio
Es imperativo ceñirse a esta checklist para la eficiencia en la apertura de la dependencia:
- Lectura y conocimiento de las LoA y briefings de los AD y TMA contenidos en esta biblioteca.
- Comprobación de la información meteorológica: actual y previsiones.
- Nos valdremos de la plataforma METAR-TAF para consultar el METAR y el TAF para información general.
- Para previsiones meteorológicas precisas nos valdremos de la herramienta Windy
- La información meteorológica será la primera variable para determinar las pista en uso durante el servicio ATS, si aplicase.
- Mantenimiento y actualización del software de control y sectores de EuroScope:
- Las actualizaciones de EuroScope y las versiones recomendadas serán notificadas por el servidor de Discord de VATSIM España.
- Las actualizaciones de los sectores, los plugins y todas las herramientas de control dentro de EuroScope se realizarán vía actualización de AIRAC. Estas actualizaciones, serán notificadas por el servidor de Discord de VATSIM España.
- La herramienta para actualización de los sectores y herramientas de control será a través de VSEDI.
- Abriremos la herramienta vATIS y nos aseguraremos que sus perfiles estén actualizados.
- Clicaremos sobre LECS y configuraremos las pestañas de los aeropuertos más concurridos o relevantes en nuestra operativa. Es importante recordar que no podemos abrir todos los ATIS debido a las limitaciones del programa. Para ello, seleccionaremos aquellos de especial atención y relevancia durante la operativa. Se deberá reportar al piloto con la información elemental:
- La pista que ha de utilizarse.
- La dirección y velocidad del viento en la superficie, incluyendo variaciones importante de las mismas.
- El reglaje QNH de altímetro, y, bien sea regularmente de conformidad con acuerdos locales o si la aeronave lo solicita, el reglaje QFE del altímetro.
- La temperatura del aire ambiente en la pista que ha de utilizarse, en el caso de aeronaves con motor de turbinas.
- La visibilidad representativa del sentido de despegue y ascenso inicial, si es inferior a 10 KM, o de ser aplicable, el valor del RVR correspondiente a la pista que ha de utilizarse.
- La hora exacta.
- Seleccionaremos en el desplegable de la parte inferior la configuración en uso.
- En el apartado AIRPORT CONDITIONS rellenaremos toda información relevante. Por otra parte, en el campo NOTAMS se rellenará toda aquellos NOTAMS que resulten de especial relevancia para la operación.
- Clicaremos sobre LECS y configuraremos las pestañas de los aeropuertos más concurridos o relevantes en nuestra operativa. Es importante recordar que no podemos abrir todos los ATIS debido a las limitaciones del programa. Para ello, seleccionaremos aquellos de especial atención y relevancia durante la operativa. Se deberá reportar al piloto con la información elemental:
- Abriremos el SCV Audio for VATSIM o TrackAudio para tenerlo listo antes de abrir la dependencia.
- Abriremos EuroScope y activaremos todos los aeropuertos canarios junto a sus pista para salidas y llegadas.
- Asegurarse de que VCCS esté configurado correctamente para la coordinación entre controladores.
- Al conectarnos, deberemos asegurarnos de que seleccionamos la dependencia correcta a través del desplegable. Una forma de comprobar esto es que la mayoría de campos son rellenados automáticamente, como las info lines.
- Una vez conectados, iniciaremos el SCV y vATIS, si aplicase.
- Conectaremos nuestro código CPDLC, desde donde recibiremos solicitudes de autorización y por el cual daremos autorizaciones via DCL/PDC.
- Notificaremos a los controladores adyacentes, si los hubiese, la apertura de la dependencia a través del comando .on.
- Si la hubiese, coordinaremos con la dependencia inferior pista en uso y cualquier información relevante que sea discordante con las condiciones de transferencia en como están recogidos en los distintos briefings de las dependencias en LECS.
- Nos aseguraremos de la correcta funcionalidad de los plugins relevantes para la operativa de la dependencia.
- Llamaremos a los tránsitos en nuestro espacio aéreo que requieran de nuestro servicio de control.
- No llamaremos a través de contactmes en las fases de vuelo sensibles que por su naturaleza impiden al piloto cumplir con nuestra solicitud como los despegues y aterrizajes tras nuestra conexión.
- Llamaremos a los tránsitos en llegada una vez vayan librando la pista y en el aire una vez estén salida.
- Es de uso preferente utilizar la herramienta CDM para la secuenciación de salidas, por las posibles contingencias de colapso y numerosas salidas puntuales.
4. 3. Realización de los relevos.
Los relevos a lo largo del servicio se realizarán de forma adecuada, asegurando que el CTA que asume el tráfico tiene consciencia plena de la situación del mismo.
Al objeto de garantizar que cada CTA que efectúa un relevo cuente con la información necesaria para realizar su trabajo, se deberán seguir la siguiente checklist o lista de comprobación, que contienen una serie de campos en los que se especifican las tareas a comprobar por los CTA de servicio en cada relevo.
- El controlador al relevo deberá iniciar conexión en la red a través del indicativo al ejemplo: LECS__CTR o LECS_A_CTR. El uso de guiones o un orden alfanumérico en el numeral de la ruta permitirán al controlador relevando tomar la posición una vez el CTA saliente desconecte su sesión.
- Es imperativo que antes, durante y tras el relevo los CTA coordinen las condiciones y situaciones del espacio aéreo: posibles conflictos, secuencias, coordinaciones y condiciones de transferencia no publicados, coordinaciones con las dependencias aledañas a LECS, etc.
- Se deberá coordinar cualquier contingencia tanto con el CTA saliente así como con las distintas dependencias colaterales.
4. 4. Procedimiento para el cierre del servicio ATS
Es imperativo ceñirse a esta checklist para la eficiencia en el cierre de la dependencia:
- Se recomienda que una vez que nos estemos preparando para cerrar la dependencia notifiquemos a todos los controladores adyacentes con el comando .break
- Igualmente, es recomendable notificar a través del comando .off para mayor consciencia situacional junto a un mensaje privado o llamada por VCCS a las dependencias colaterales para coordinar el cierre de la dependencia. Se notificará a la dependencia colateral superior la información ATIS para que tome vATIS, si aplica.
- Los tránsitos bajo nuestro control serán instruidos a mantener escucha 122.800 MHz y se les ofrecerá la información relevante para el completar de sus salidas o aproximaciones.
5. Núcleo RUTA
5. 1. Sectorización y límites de cada sector. Volúmenes.
Los sectores, volúmenes y límites de Sevilla ACC se encuentran ilustrados a continuación:
5. 2. Sectorización y límites de cada sector. Volúmenes.
La transferencia del control entre sectores adyacentes dentro de la misma dependencia, se realizará en el momento en que la aeronave cruce el límite común de ambos sectores de control, si no se especifica cualquier otro punto, nivel o momento. La transferencia de comunicaciones se realizará no más tarde que la transferencia del control.
Cuando se realicen transferencias a un sector integrado, el sector transferidor asignará la frecuencia correspondiente al sector elemental en el que vaya a entrar la aeronave, a menos que el sector aceptante le haya indicado una frecuencia específica.
En un sector integrado se emplearán las frecuencias nominales de los sectores elementales que lo integran utilizando la función retransmisión de tal forma que los sectores colaterales no tengan que cambiar la frecuencia de transferencia en función de la configuración operativa. Si por cualquier problema técnico (p.e. interferencias) esto no fuese posible, el controlador del sector integrado notificará a sus colaterales una frecuencia específica.
La siguiente tabla muestra las frecuencias de mejor cobertura para cada uno de los sectores integrados:
Así mismo, se ha identificado que la siguiente combinación de pares frecuencia/emplazamiento con cobertura para todo el espacio aéreo de LECS es integrable dentro de la misma sesión de retransmisión sin interferencias:
5. 2. 1. Sector ASN
NORMAS DE COORDINACIÓN ASN
VOLÚMENES:
APNX (GND FL105/FL205)
ENTRADAS AL SECTOR
SALIDAS DEL SECTOR
- Todos los despegues se ajustarán a las SID publicadas.
- Los despegues de LEZL/LEMO/LEBA hacia HIJ/ROSAL/MINTA, se autorizarán a FL200 y se transferirán a SEL
- Los despegues de LEZL vía KORNO y VJF serán autorizados a FL090 y se transferirán a ASV.
- Los despegues de LEZL y LEMO vía sector MAR se autorizarán a FL200. Para pista 09 de LEZL FL140.
- Los despegues de LEBA vía KORNO Y VJF serán autorizados FL200 y se transferirán a SEL.
- Los despegues de LEBA vía sector MAR se autorizarán a FL100.
- Los despegues de LEJR/LERT/LEMG se transferirán en ascenso a FL200 a SEL.
- Los tráficos destino LEMG a FL205 o inferior se trasfieren a ASV.
- Se coordinará con ASV el FL a autorizar y el "SUELTO" para los despegues de LEMO hacia PENAS. Con la pista 20, la TWR de LEMO lo transferirá directamente a la frecuencia de ASV.
- Con RWY 02 en LEMO, las arribadas hay que coordinarlas previamente con ASV y transferirlas ya que este sector será el encargado de la autorización de aproximación.
- Arribadas a LEJR/LERT: se transferirán en descenso a FL110 al sector ASV.
- Arribadas a LEGR vía SVL: Se coordinará un nivel de descenso con MAR.
- Si el vuelo sale directamente al espacio aéreo delegado a LEMG APP, por debajo de FL150, será objeto de coordinación entre ambas dependencias.
-LEBA: Tráfico IFR a/desde LEBA.
Solo se autorizarán aproximaciones instrumentales en horario AFIS.
Vuelos IFR de Sevilla ACC a LEBA
- Con AFIS. Sevilla ACC transferirá los tráficos en aproximación a CÓRDOBA AFIS antes de los COP, libres de tráfico.
- En el caso de vuelos de transporte comercial de pasajeros SEVILLA ACC pasará la estimada verbal al AFISO entre 5 y 10 minutos antes de que el avión estime entrar en la FIZ.
- En el caso de desvíos de vuelos a LEBA, SEVILLA ACC notificará esta circunstancia a CÓRDOBA AFIS tan pronto como tenga conocimiento.
- En el caso de desvíos de vuelos a LEBA, SEVILLA ACC notificará esta circunstancia a CÓRDOBA AFIS tan pronto como tenga conocimiento.
Vuelos IFR de LEBA a SEVILLA ACC
- Con AFIS: Córdoba AFIS informará a Sevilla ACC de la puesta en marcha de las aeronaves y transferirá las comunicaciones a SEVILLA ACC antes del límite de la FIZ.
- Sin AFIS (FPL Z). El piloto solicitará la autorización ATC para entrada en espacio aéreo controlado.
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- Si se generasen conflictos de tráficos el sector donde se vaya a producir el cruce, solicitará la transferencia radio/radar del tráfico afectado con suficiente tiempo de antelación para establecer la separación adecuada.
- Se autorizará la aproximación ILS Z a la pistas 27 y 09 de LEZL, como maniobra preferente para las aproximaciones a dicho aeropuerto. El controlador de aproximación autorizará el tipo de aproximación con letra a las tripulaciones.
- Si algún tráfico solicitara algún otro tipo de aproximación, será objeto de información a la TWR correspondiente, teniendo en cuenta la posibilidad de ejecución por parte de la tripulación de la maniobra de aproximación frustrada publicada.
AEROPUERTOS/HELIPUERTO EN ASN
- LEZL, SEVILLA.
- LEMO, SEVILLA / MORÓN.
- LEEC, SEVILLA / EL COPERO.
- LEJU, LA JULIANA.
- LEUT.
- LEBA, CÓRDOBA.
5. 2. 2. Sector ASV
NORMAS DE COORDINACION ASV
VOLÚMENES:
APSX (GND - FL205)
ENTRADAS AL SECTOR
SALIDAS DEL SECTOR
- Todos los despegues se ajustarán a las SID publicadas.
- Los despegues de LERT/LEJR vía MGA serán autorizados a FL200 y transferidos al sector CEN.
- Los despegues de LERT/LEJR hacia el norte, se autorizarán a FL080 y serán transferido a ASN.
- Los despegues de LERT/LEJR vía VJF y KORNO, se transfieren en ascenso a FL200 a SEL.
- Despegues de LEJR vía MAR: sólo destino LEMG/ LEGR. Se transferirán a LEMG por debajo de FL150, previa coordinación.
- Los tráficos destino LEZL y LEMO (RWY 20) se transfieren a ASN en descenso a FL100.
- Los tráficos destino LEMO (RWY 02) serán objeto de coordinación con ASN.
- Los tráficos despegando de LEZL / LEMO se transferirán en ascenso a FL200 al sector que corresponda: SEL o CEN.
- Los tráficos destino LXGB vía ORTOP o VJF se transferirán a GAL en descenso a FL130.
- Los despegues de LXGB vía ORTOP o VJF se transferirán en ascenso a FL200 a SEL.
- Los tráficos destino GMTT vía VJF se transferirán a GMMM en descenso a FL110, vía BAMBA al nivel coordinado con GMMM.
- Los despegues de GMTT vía BAMBA-VJF, se ascenderán a FL200 antes de transferirlos a SEL.
- Los tráficos destino LEMG vía ECORE se transferirán a LEMG APP en descenso para FL160 coordinando con ASN si fuera necesario.
- Si el tráfico destino LEMG vía VJF-LUNUM sale directamente al Espacio Aéreo Delegado a LEMG (Por debajo de FL150), será objeto de coordinación entre ambas dependencias.
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- Si se generasen conflictos de tráficos, el Sector donde se vaya a producir el cruce, solicitará la transferencia radio/radar del tráfico afectado, con suficiente tiempo de antelación para establecer la separación adecuada.
- Se autorizará la aproximación ILS Z a la pista 20 de LEJR, como maniobra preferente para las aproximaciones a dicho aeropuerto. El controlador de aproximación autorizará el tipo de aproximación con letra a las tripulaciones.
- Si algún tráfico solicitara algún otro tipo de aproximación, será objeto de información a la Torre correspondiente, teniendo en cuenta la posibilidad de ejecución por parte de la tripulación de la maniobra de aproximación frustrada publicada.
AEROPUERTOS/HELIPUERTO EN ASV
- LEJR, JEREZ.
- LERT, CADIZ / ROTA.
- LEJT, TREBUJENA.
- LETF, VILLAMARTÍN
5. 2. 3. Sector APT
NORMAS DE COORDINACION APT
VOLÚMENES:
APNX (GND FL105/FL205)
APSX (GND FL205)
ENTRADAS AL SECTOR
SALIDAS DEL SECTOR
- Todos los despegues se ajustarán a las SID publicadas.
- Los despegues de LEZL, LEMO, LEBA, LEJR, LERT y GMTT hacia HIJ, ROSAL, MINTA, PIREN, VJF o KORNO se autorizarán a FL200 y se transferirán a SEL.
- Los despegues de LERT/LEJR/LEMO vía MGA serán autorizados a FL200 y transferidos al sector CEN.
- Los despegues de LEBA vía sector MAR se autorizarán a FL100.
- Los despegues de LEZL y LEMO vía sector MAR, se autorizarán a FL200. Para pista 09 de LEZL, FL140.
- Los tráficos destino LEMG vía VJF a FL 205 o inferior se transfieren a CEN.
- Los tráficos destino LEGR vía SVL se coordinarán con MAR para su descenso.
- Despegues de LEJR vía MAR sólo destino LEMG/LEGR. Se transferirán a LEMG por debajo de FL150 previa coordinación.
- Los tráficos destino LXGB vía ORTOP o VJF se transferirán al sector GAL en descenso a FL130
- Los despegues de LXGB vía ORTOP o VJF se transferirán en ascenso a FL200 a SEL.
- Los tráficos destino GMTT vía VJF se transferirán a GMMM en descenso a FL110, vía BAMBA al nivel coordinado con GMMM.
- Los despegues de GMTT vía BAMBA-VJF, se ascenderán a FL200 antes de transferirlos a SEL.
- Los tráficos destino LEMG vía ECORE se transferirán a LEMG APP en descenso para FL160 coordinando con ASN si fuera necesario
- Si el tráfico destino LEMG vía VJF-LUNUM sale directamente al Espacio Aéreo delegado a LEMG (por debajo de FL150), será objeto de coordinación entre ambas dependencias.
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- A través de la función de retransmisión los tráficos se mantendrán en la frecuencia apropiada al volumen en el que vuelen, al menos durante un periodo de tiempo anterior a la separación de sectores suficiente para asegurarnos que los tráficos se encuentren en la frecuencia del nuevo sector en el momento de la separación.
- Si se generasen conflictos de tráficos, el Sector donde se vaya a producir el cruce, solicitará la transferencia radio/radar del tráfico afectado, con suficiente tiempo para establecer la separación adecuada.
- Se autorizará la aproximación ILS Z a las pistas 27 y 09 de LEZL, así como a la pista 20 de LEJR, como maniobra preferente para las aproximaciones a dichos aeropuertos. El controlador de aproximación autorizará el tipo de aproximación con letra a las tripulaciones.
- Si algún tráfico solicitara algún otro tipo de aproximación, será objeto de información a la Torre correspondiente, teniendo en cuenta la posibilidad de ejecución por parte de la tripulación de la maniobra de aproximación frustrada publicada.
AEROPUERTOS/HELIPUERTO EN ASV
- LEZL, SEVILLA.
- LEMO, SEVILLA / MORÓN.
- LEEC, SEVILLA / EL COPERO.
- LEJU, LA JULIANA.
- LEUT
- LEJR, JEREZ.
- LERT, CÁDIZ/ROTA.
- LETJ, TREBUJENA
- LETF, VILLAMARTÍN
- LEBA, CÓRDOBA
5. 2. 4. Sector BA1
NORMAS DE COORDINACIÓN BA1
VOLÚMENES:
BLNX (GND/FL305 FL660).
ALCU (FL305 FL660).
-DESPEGUES LEMG, LEGR y LEAM y LXGB: se recibirán en ascenso a FL300 o al FL final si es inferior desde el sector CEN.
-ARRIBADAS VÍA BLN a LEGR y LEAM: se transferirán en descenso a FL310 vía BLN-VIBAS o BLN-BAZAS a CEN.
-ARRIBADAS VÍA BLN a LEMG: se transferirán en descenso a FL310 a MAR.
-LEAB: Los tráficos origen / destino LEAB o sobrevuelos por el CTA serán objeto de coordinación previa entre
dependencias.
-LERL: Tráficos IFR a/desde LERL.
- DESPEGUES (FPL Z):
- Entran al sector:
- Vía BLN: se reciben en ascenso a FL 140 de MAR.
- Salen del sector: a LECM se transfieren en ascenso a FL140.
- Entran al sector:
- ARRIBADAS (FPL Y)
- Entran al sector:
- Vía MORAL/ANZAN: de LECM se reciben en descenso a FL150
- Salen del sector:
- Via BLN-S: se transferirán en descenso a FL150 a MAR.
- Entran al sector:
-Vía ANZAN:
- Entran al sector: destinos GEML, LEAM, LEGR con origen TMA de Madrid a FL310 o inferior. Destino LEBA FL<330. No utilizable para destinos LEMG, LXGB y GMTT con origen en TMA de Madrid.
- Salen del sector: vía ANZAN permitidos despegues de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB, sobrevuelos, destino LEZG, o destino Grupo Madrid previa coordinación táctica.
-Vía MORAL:
Salen del sector: despegando de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB a nivel de crucero solicitado, teniendo en cuenta el tráfico vía LOGRO. Todos los tráficos destino TMA Madrid se transferirán a FL320 o inferior.
Entran al sector: solo se aceptarán vuelos a FL 230 o inferior. No utilizable para destino LEMG.
-Vía LOGRO:
Entran al sector: origen LEZL, LEBA y LEMO en ascenso FL280 del sector MAR.
Salen del sector: despegues de LEZL hacia OLPOS se transferirán al sector YES a FL340. Este nivel podría verse afectado por la actividad de la LED-98, por lo que podrá utilizarse sólo si está disponible.
-
- Destino LEZL, LEBA y LEMO, se transfieren al sector MAR en descenso a FL310.
- Destino LEJR vía MAR, se transfiere a sector MAR en descenso a FL310.
- Destino LEZL, LEBA y LEMO, se transfieren al sector MAR en descenso a FL310.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 5. Sector BER
NORMAS DE COORDINACIÓN BER
VOLUMEN:
ALMU (GND/ FL305- FL660)
- Vía RESTU:
Entran al sector: en ascenso a FL300 desde CEN o según plan de vuelo por encima de FL305.
Salen del sector: en descenso a FL310 para destino LEGR y transferencia a CEN o según plan de vuelo por encima de FL305. El tráfico con destino a LEVC se transferirá a LECB a nivel de crucero.
- Origen/Destino GMMW, GMTA y GMFO:
- Entran al sector: en ascenso a nivel coordinado con GMMM.
- Salen del sector: se transfieren en ascenso a FL320 a GAL.
El sector transferirá los tráficos según coordinación previa con GMMM.
Destino y origen GMMW y GMFO pueden proceder vía ESAMI a conveniencia de LECS y GMMM.
- GEML:
Entran al sector: los despegues de LEMG se reciben en ascenso a 12.000 ft. y serán autorizados a un Nivel de Vuelo. Los de LEAM a nivel coordinado. Se reciben de GEML en ascenso a 6.000 pies y se coordinan con GMMM para nivel de vuelo más alto manteniéndolo en frecuencia e informando de posibles tráficos mientras están al Sur del paralelo 35º50' N al ser espacio aéreo clase G.
Salen del sector: se transfiere a LEMG a FL140, a LEAM a nivel coordinado y a GEML, previa coordinación con GMMM, en descenso a FL070. Al Sur del paralelo 35º50' N se proveerá de información de tráfico a solicitud, al ser espacio aéreo clase G, hasta su transferencia a GEML.
Con LED-165, LED-166, LED-167, y LED-168 activas procederán vía PEKOP-EPATA o BERUM-AMR o viceversa a 6000' o superior. En caso de actividad de la LED-169, procederán a FL140 o inferior.
- LEMG:
Entran al sector:
- Desde CEN: se reciben en ascenso a FL300.
- Desde LEMG APP: se reciben en ascenso a 12.000 ft.
Salen del sector:
- Hacia CEN se transfieren en descenso a FL310.
- Hacia LEMG APP: se transfieren a LEMG APP en descenso a FL150, excepto:
- ARR vía PEKOP: se transfieren a LEMG APP en descenso a FL140.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 6. Sector CEN
NORMAS DE COORDINACIÓN CEN
VOLÚMENES
- ALML (GND-FL305)
- MALL (GND - FL305)
-VIA RESTU
Entran al sector: en ascenso a FL230 con origen LECL. En descenso a FL270 desde LECB con destino LEAM.
Para más descenso hay que coordinar con LELC.
Salen del sector: para destino LECL (excepto LEVC), a FL240 establecido 15 NM antes. En ascenso a FL260 (15 NM antes de RESTU a FL250 o superior) con origen LEAM, coordinación previa de la LER-63 con LELC en ambos casos. El tráfico destino LEVC se transferirá a LECB a nivel de crucero, si éste es superior a FL260. Si tráfico vuela a FL240 o inferior, se coordinará el sobrevuelo de LER-63 con LELC.
-Origen/destino LELC/LEMI vía DINCO:
Entran al sector: con origen LELC/LEMI en ascenso a FL230.
Salen del sector: con destino LELC/LEMI en descenso a FL240.
-T249 VIBAS - ARPEX:
Unidireccional sentido NE niveles pares. Se utiliza para encaminar el tráfico de despegue del TMA de Sevilla en la M445 excepto de LEGR con destino LECL que procederán vía M985. Los despegues de LEGR vía OLPOS deberán unirse a la M445 a FL260 o superior o, a niveles inferiores, previa coordinación con LELC si la LER-63 estuviera activa.
-Vía sector MAR:
Entran al sector: origen LEZL RWY09 via MGA o VIBAS, en ascenso a FL240 de MAR.
Salen del sector: destino LEZL, LEMO se transfiere en descenso a FL250 a MAR.
-ARRIBADAS LXGB:
Vía sector MAR
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL230 del MAR.
- Salen del sector: se transfiere a SUR en descenso a FL130 libre de tráfico y coordinando previamente con LEMG APP todo el descenso por debajo de FL150. Si LEMG APP tuviera tráfico por debajo de FL130, informará a SUR, antes de transferirlo.
Vía MGA
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL310.
- Salen del sector: se transfiere a SUR en descenso a FL210.
-DESPEGUES LXGB:
Vía PIMOS MGA:
- Entran al sector: se reciben de GAL en ascenso FL200.
- Salen del sector: Vía VIBAS/OLPOS, en ascenso a FL300 y se transfiere al sector YES. Vía BLN, en ascenso a FL300 transferencia a BA1. Si el tráfico alcanza FL300 mucho antes de alcanzar el límite con BA1, hay que transferirlo a GAL.
-DESPEGUES LEMO, LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL200 de ASV/APT.
- Salen del sector: en ascenso a FL300 y se transfiere vía VIBAS/ROLAS, a GAL/BER o YES según su ruta o donde alcance FL300.
-ARRIBADAS LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: se reciben de GAL /BER o YES según plan de vuelo en descenso a FL310.
- Salen del sector: se transfiere a ASV/APT en descenso a FL210.
Nota: Con IAF HI-TACAN de LERT ocupado, los niveles de coordinación con ASV serán objeto de coordinación
previa.
-ARRIBADAS GMTT y GMTN vía MGA PIMOS GALTO
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL310 vía BLN, VIBAS o ROLAS desde BA1, YES o GAL según plan de vuelo.
- Salen del sector: se transfieren a GAL en descenso a FL210.
-DESPEGUES GMTT y GMTN vía GALTO PIMOS MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL200 de GAL.
- Salen del sector: vía BLN, VIBAS, ROLAS, OLPOS en ascenso a FL300 y se transfiere BA1, YES o BER según plan de vuelo o dónde alcance FL300.
-LEMG:
Entran al sector:
- Los despegues de Málaga por INKAL/UMUKA/NESDA/RIXUR/VIBAS/BLN en ambas Configuraciones y vía JRZ/ SVL en Configuración Sur se reciben en ascenso a 13.000 ft. Una autorización de ascenso en AoR de ASV, requerirá coordinación previa con ASV.
- Los despegues de Málaga vía PIMOS en configuración norte se reciben en ascenso a 13.000ft. y se transferirán a GAL a FL230.
- Tráfico destino Málaga vía GDA/VIBAS/UNTOS/UMUKA/INKAL se recibe en descenso a FL310 de YES o BER.
- Tráfico destino Málaga vía VJF se recibe de SEL en descenso a FL250.
- Tráfico destino Málaga vía PIMOS se recibe de GAL en descenso a FL240.
Salen del sector:
- Destino LEMG se transfieren a FL150 a LEMG APP.
- Destino LEMG vía VJF se transfieren a FL150 a LEMG APP. Si fuera necesario se coordinará con ASV.
- Los despegues de LEMG vía JRZ o SVL se suben a FL300 y se trasfieren a SEL. Si fuera necesario se coordinará con ASV.
- El resto de despegues de Málaga (Vía INKAL/UMUKA/NESDA/RIXUR/VIBAS/BLN) se suben a FL300 y se transfieren al sector correspondiente: BER, YES o BA1.
-
Cuando una aeronave solicite en frecuencia proceder con aproximación GBAS a la pista en servicio, LECS coordinará con LEMG APP esta solicitud, y LECS podrá anotar en el campo text de la etiqueta, como ayuda visual, "GLS R (GLS requested)".
-LEGR:
Entran al sector:
Los despegues, en ascenso a FL090; las arribadas vía BLN, YES o VJF en descenso a FL310. Los tráficos que proceden vía la STAR VULPE2D vendrán en descenso a nivel coordinado con MAR. Tráfico destino Granada vía VJF se recibe de SEL en descenso a FL310.
Salen del sector:
- Vía BLN o YES en descenso a FL100 y transferencia LEGR.
- Vía VJF se transfiere a MAR a FL250.
- Los tráficos que proceden vía AoR de MÁLAGA APP, serán coordinados con LEMG APP y LEGR APP
- Vía VIBAS/BLN/OLPOS se suben a FL300 y se transfiere a YES o BA1.
-LEAM:
- Entran al sector: en despegue, se reciben de LEAM en ascenso a FL140; las arribadas vía BLN o YES en descenso a FL310.
- Salen del sector: en arribada se le transfiere a LEAM en descenso a FL150. Las salidas VIBAS/BAZAS/TOSGA/OLPOS se suben a FL300 y se transfiere a BA1 o YES según plan de vuelo. Para salidas y entradas vía RESTU, véase epígrafe RESTU.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 7. Sector CES
NORMAS DE COORDINACIÓN CES
VOLÚMENES:
- ALMU (GND/FL305 FL660).
- ALML (GND - FL305).
- MALU (GND/FL305 FL660).
- MALL (GND - FL305)
-Vía RESTU:
- Entran al sector: en ascenso a FL230 con origen LECL, En descenso a FL270 desde LECB para destino LEAM. Para más descenso hay que coordinar con LELC.
- Salen del sector; para destino LECL (excepto destino LEVC) a FL240 establecido 15 NM antes. Con origen LEAM, en ascenso a FL260 (15 NM antes a FL250 o superior). Coordinación previa de la LER-63 con LELC en ambos casos. El tráfico destino LEVC se transferirá a LECB a nivel de crucero.
-Origen/ Destino GMMW, GMTA y GMFO:
- El sector recibirá y transferirá los tráficos según coordinación previa con GMMM.
- Destino y origen GMMW y GMFO pueden proceder vía ESAMI a conveniencia de LECS y GMMM.
-Origen/destino LELC/LEMI vía DINCO:
- Entran al sector: con origen LELC/LEMI en ascenso a FL230.
- Salen del sector: con destino LELC/LEMI en descenso a FL240.
-T249, VIBAS - ARPEX:
- Unidireccional sentido NE niveles pares. Se utiliza para encaminar el tráfico de despegue del TMA de Sevilla en la M445 excepto de LEGR con destino LECL que procederán vía M985. Los despegues de LEGR vía OLPOS deberán unirse a la M445 a FL260 o superior, o a niveles inferiores previa coordinación con LELC si la LER-63 estuviera activa.
-GEML:
- Entran al sector: los despegues de LEMG se reciben en ascenso a 12.000ft y serán autorizados a un Nivel de Vuelo, los de LEAM a nivel coordinado. Se reciben de GEML en ascenso a 6.000 pies y se coordinan con GMMM para nivel de vuelo más alto manteniéndolo en frecuencia e informando de posibles tráficos mientras están al sur del paralelo 35º50' N al ser espacio aéreo clase G.
- Salen del sector: se transfiere a LEMG a FL140, a LEAM a nivel coordinado y a GEML, previa coordinación con GMMM, en descenso a FL070. Al sur del paralelo 35º50' N se proveerá de información de tráfico a solicitud al ser espacio aéreo clase G, hasta su transferencia a GEML.
- Con LED-165, LED-166, y LED 168 activas procederán vía PEKOP - EPATA o BERUM - AMR, o vicevera, a 6000' o superior. En caso de actividad de la LED-169 procederán a FL140 o inferior.
-Vía sector MAR:
- Entran al sector: con origen LEZL RWY09 vía MGA o VIBAS, en ascenso a FL240 de MAR. con origen LEZL RWY27 vía MAR-MGA en ascenso a FL300 de MAR.
- Salen del sector: con destino LEZL, LEMO se transfiere en descenso a FL250 a MAR.
-ARRIBADAS LXGB:
Vía sector MAR:
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL230 de MAR.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado, libre de tráfico y coordinando previamente con LEMG APP.
Vía MGA:
- Entran al sector: según plan de vuelo.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado, libre de tráfico y coordinando previamente con LEMG APP.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector: se reciben de ASV/APT en descenso a FL130.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado y libre de tráfico.
-DESPEGUES LXGB:
Vía PIMOS MGA:
- Entran al sector: se reciben de LXGB según autorización dada. Si fuera necesario, LECS coordinará con Málaga APP
- Salen del sector: vía BLN/VIBAS/OLPOS en ascenso al nivel coordinado con BA1 O YES.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector: según autorización dada. Se requiere coordinación con ASV/APT para el "suelto".
- Salen del sector: se transfieren a ASV/APT en ascenso a FL120.
-DESPEGUES LEMO, LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL200 de ASV/APT.
- Salen del sector: según plan de vuelo.
-ARRIBADAS LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: según plan de vuelo.
- Salen del sector: se transfiere a ASV/APT en descenso a FL210, coordinando previamente con el sector MAR si fuera preciso.
-ARRIBADAS GMTT/GMTN vía MGA-PIMOS-GALTO:
- Entran al sector: según plan de vuelo.
- Salen del sector; se transfieren a GMMM en descenso a FL170.
-DESPEGUES GMTT/GMTN vía GALTO-PIMOS-MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL160 de GMMM.
- Salen del sector: según plan de vuelo.
-GECE:
- Entran al sector: despegando de LEMG salen como plan de vuelo Y en ascenso a 4000 pies o altitud de crucero si es inferior. Despegando de GECE como vuelo Z, se le da la autorización (ruta, código SSR y altitud) vía frecuencia y se activa su plan de vuelo en EuroScope, en caso de que no hubiesen rellenado ninguno.
- Salen del sector: se transfiere a LEMG como IFR. Arribada a GECE, se cancela IFR antes 15 NM del ARP a
4000 pies.
-LEMG:
- Entran al sector: en despegue se reciben en ascenso a 13.000ft excepto vía EPATA en ascenso a 12.000ft y serán autorizados a un nivel de vuelo.
- LEMG, según LoA en vigor, nos notificará las salidas vía PIMOS en el momento del despegue.
- Tráfico destino Málaga vía VJF se recibe de SEL en descenso a FL250.
- Tráfico destino Málaga vía VIBAS se recibe en descenso a FL310 de YES
- Salen del sector:
- Vía BLN, se ascienden a FL300 y se transfiere a BA1.
- Vía VIBAS/ RIXUR-ARPEX en ascenso a FL300 y transferencia a YES
- Los despegues de LEMG vía JRZ o SVL se suben a FL300 y se transfieren a SEL. Si fuera necesario se
coordinará con ASV. - Destino en LEMG en descenso a FL150 excepto:
- Destino LEMG vía VJF se transfieren a FL150 a LEMG APP. Si fuera necesario se coordinará con ASV.
- Vía EPATA en descenso a FL140 y se transfiere a LEMG.
- MAR:
- Cuando una aeronave solicite en frecuencia de LECS proceder con aproximación GBAS a la pista en servicio, LECS coordinará con LEMG APP esta solicitud, y LECS podrá anotar en el campo text de la etiqueta, como ayuda visual, "GLS R" (GLS requested).
-LEGR:
- Entran al sector:
- Los despegues, en ascenso a FL090. Las arribadas vía BLN/ YES o VJF en descenso a FL310.
- Los tráficos que proceden vía la STAR VULPE2D vendrán en descenso a nivel coordinado con MAR.
- Tráfico destino Granada vía VJF se recibe de SEL en descenso a FL310.
- Salen del sector:
- En descenso a FL100 y transferencia LEGR.
- Vía VJF se transfiere a MAR a FL250.
- Los tráficos que proceden vía AoR de MÁLAGA APP, serán coordinados con LEMG APP y LEGR APP.
- Vía VIBAS/BLN/OLPOS se suben a FL300 y se transfiere a YES o BA1.
-LEAM:
- Entran al sector: los despegues se reciben de LEAM en ascenso a FL140 Las arribadas vía BLN o YES se recibirán en descenso a FL310.
- Salen del sector: se le transfiere en descenso a FL150. Vía VIBAS/BAZAS/ANANA/OLPOS se sube a FL300 y se transfiere a YES o BA1.
- Para salidas y entradas vía RESTU, véase epígrafe RESTU
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- A través de la función de retransmisión los tráficos se mantendrán en la frecuencia apropiada al volumen en el que vuelen, al menos durante un periodo de tiempo anterior a la separación de sectores suficiente para asegurarnos que los tráficos se encuentren en la frecuencia del nuevo sector en el momento de la separación.
5. 2. 8. Sector GAL
NORMAS DE COORDINACIÓN GAL
VOLUMEN:
MALU (GND/ FL305- FL660)
Todas las aeronaves se ajustarán a las STAR o SID publicadas o vendrán autorizadas al IAF de la pista en servicio. Como norma general, entrarán y saldrán del sector establecidas a su nivel de vuelo requerido en plan de vuelo y recibido en estimada.
-LEZL, LEJR, LERT, LEMO:
- Entran al sector en ascenso a FL300 desde CEN.
- Salen del sector en descenso a FL310 y transferencia a CEN.
-LEMG:
- Entran al sector:
- DEP LEMG vía PIMOS:
- RWY13 se reciben en ascenso a 13000 ft.
- RWY31 se reciben de CEN en ascenso a FL230
- DEP LEMG vía PIMOS:
- Salen del sector:
- ARR LEMG vía PIMOS: se transfiere a CEN en descenso a FL240.
- Cuando una aeronave solicite en frecuencia de LECS proceder con aproximación GBAS a la pista en servicio, LECS coordinará con LEMG APP esta solicitud, y LECS podrá anotar en el campo text de la etiqueta, como ayuda visual, "GLS R" (GLS requested).
-ARRIBADAS LXGB:
Vía sector MAR:
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL130 del sector CEN previamente coordinado entre CEN y LEMG.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado de tráfico.
Vía MGA:
- Entran al sector: según plan de vuelo o en descenso a FL210 desde CEN.
- Salen del sector: se desciende a FL310 y se transfiere a CEN. Posteriormente se vuelve a recibir de este volumen en descenso a FL210, coordina el descenso con LEMG, y transfiere a LXGB en descenso, libre de tráfico, a FL090 o nivel previamente coordinado.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector: se reciben de ASV / APT en descenso a FL 130.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 nivel coordinado y libre de tráfico.
-DESPEGUES LXGB:
Vía PIMOS MGA:
- Entran al sector: se reciben de LXGB según autorización dada. Si fuera necesario, LECS coordinará con LEMG. Posteriormente, lo recibiremos de CEN en ascenso a FL300.
- Salen del sector: en ascenso a FL200 y se transfiere al sector CEN. Posteriormente, se transferirá:
- Vía BLN al nivel coordinado con el sector N01 /BA1;
- Vía OLPOS al nivel coordinado con el sector N01 /YES.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector: según autorización dada. Se requiere coordinación con ASV / APT para el "suelto".
- Salen del sector: se transfieren a ASV / APT en ascenso a FL 120.
-ARRIBADAS GMTT/GMTN vía MGA PIMOS GALTO:
- Entran al sector: en descenso a FL210 del sector CEN.
- Salen del sector: se transfieren a GMMM en descenso a FL 170.
-DESPEGUES GMTT/GMTN vía GALTO PIMOS MGA:
- Entran al sector: en ascenso a FL160 del GMMM.
- Salen del sector: se transfieren en ascenso para FL200 a CEN.
-GECE:
- Entran al sector:
- Despegando de LEMG salen como plan de vuelo Y en ascenso a 4000 pies o altitud de crucero si es inferior. Despegando de GECE como vuelo Z, se le da la autorización (ruta, código SSR y altitud) vía frecuencia y se activa su plan de vuelo EuroScope.
- Salen del sector:
- Se transfiere a LEMG como IFR o a la escucha a la frecuencia de Málaga en caso de VFR. Arribada a GECE, se cancela IFR antes 15 NM del ARP a 4000 pies.
-T249, VIBAS-ARPEX:
- Unidireccional sentido E niveles pares. Se utiliza para encaminar el tráfico de despegue del TMA de Sevilla en la M445.
-DESPEGUES GMMW, GMFO, GMTA vía BERUM-VIBAS:
- GAL transferirá los tráficos destino GMMM vía VIBAS BERUM a BER libres de tráfico para descenso.
- Entran al sector: en ascenso a FL320 de BER
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 9. Sector MAR
NORMAS DE COORDINACIÓN MAR
VOLÚMENES:
- ALCL (GND/FL105 - FL305)
- MARX (GND/FL105 - FL305)
-Vía CRISA-MOCEQ
- Entran en el sector: CRISA pertenece a SEU/SEL, pero LECM lo transfiere directamente a la frecuencia de MAR. No se deben mover estos tráficos, en el tramo que pertenece a SEU/SEL, sin previa coordinación.
-VÍA LOGRO
- Tráfico únicamente dirección N. No se admiten destinos TMA Madrid.
- LERL: Tráficos IFR a/desde LERL.
DESPEGUES (FPL Z):
- Salen del sector:
- vía N-LOGRO: se transfieren en ascenso a FL140 a LECM
- vía S-BLN: se transfieren en ascenso a FL140 a BA1.
ARRIBADAS (FPL Y):
- Entran al sector:
- Vía CRISA-N: se reciben en descenso a FL150 de LECM.
- Vía BLN-S: se reciben en descenso a FL150 de BA1.
- Salen del sector: descenderá los tráficos IFR a mínimos hasta cancelación del PV IFR por parte del comandante de la aeronave. MAR notificará a las arribadas "SERVICIO DE CONTROL TERMINADO", les proporcionará si lo solicitan información de tránsito y cualquier otra de que disponga y la frecuencia aire aire de LERL (118.055 MHz).
-Vía sector MAR:
Entran al sector:
- Origen LEZL, se recibe de ASN/APT en ascenso para FL200 pista 27 / FL140 pista 09.
- Origen LEMO: se recibe en ascenso a FL200.
- Origen LEBA: se reciben en ascenso a FL100.
- Destino LEZL/LEMO vía BA1: se recibe en descenso a FL310.
- Destino LEZL/LEMO vía CEN: se recibe en descenso a FL250.
- Destino LEGR vía VJF se recibe de CEN a FL250 .
- Destino LEGR vía VULPE < 310 FL.
- Destino LEBA origen grupo Madrid se recibirán < 270 FL.
- Destino LEMG vía VULPE origen grupo Madrid < 310 FL.
Salen del sector:
- Origen LEZL/LEMO vía sector BA1: se transfiere en ascenso a FL280.
- Origen LEZL RWY27 o LEMO vía MAR: se sube a FL300 y se trasfiere a GAL, coordinando con CEN si fuera
necesario - Origen LEZL RWY09 o LEMO vía MAR-MGA o VIBAS se sube a FL240 y se trasfiere a CEN
- Destino LEBA: se desciende a FL110 y se transfiere a ASN/ APT
- Destino LEZL/LEMO: se desciende a FL150 y se transfiere a ASN/APT (con RWY 09 en LEZL, se coordinará con SEL si el tráfico saliera del sector por encima de FL200).
- Destino LEGR vía VULPE: se transfiere en descenso a nivel coordinado con CEN.
Con IAF HI-TACAN de LEMO ocupado, los niveles de coordinación con ASN/APT serán objeto de coordinación previa.
-ARRIBADAS LEGR vía SVL MAR:
- Se descienden a FL150 previa coordinación con ASN/APT y posterior transferencia a LEMG APP.
-ARRIBADAS LEMG:
- Vía VULPE/ BLN:
- En descenso FL 150, según las condiciones de la LoA con LEMG en vigor (S41-06-CAC-004) y se transfieren a LEMG APP.
- Nota: Cuando la pista en servicio sea la RWY31, el tráfico deberá cruzar USOME Y OSNAL a FL160 o inferior.
- Cuando una aeronave solicite en frecuencia de LECS proceder con aproximación GBAS a la pista en servicio, LECS coordinará con LEMG APP esta solicitud, y LECS podrá anotar en el campo text de la etiqueta, como ayuda, "GLS R" (GLS requested).
-ARRIBADAS LEJR:
Vía MAR:
- Entran al sector desde sector BA1 en descenso a FL310.
- Salen del sector a ASV/APT en descenso FL210.
-DESPEGUES de LEJR:
- Vía MAR únicamente destino LEMG/LEGR, nivel a coordinar.
- (Normalmente, se transferirá directamente desde ASV/APT a LEMG a FL140 o inferior.)
-ARRIBADAS LXGB:
- Vía sector MAR:
- Entran al sector según plan de vuelo.
- Salen del sector en descenso a FL230 y se transfiere a CEN asegurándose de que no entren en el sector SUR.
- Vía STAR BLN3F
- Se transferirá el volumen SEL o SEU a nivel de crucero o según coordinación previa.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 10. Sector NCS
NORMAS DE COORDINACIÓN NCS
VOLÚMENES:
- ALCU (FL305 FL660).
- ALMU (GND/FL305 - FL660),
- ALML (GND - FL305 - FL660).
- BLNX (GND-FL305).
- MALU (GND/FL305- FL660).
- MALL (GND - FL305).
- YESX (GND/FL305 - FL660).
-Vía RESTU:
- Entran al sector: en ascenso a FL230 con origen LECL, en descenso a FL270 desde LECB para destino LEAM. Para más descenso hay que coordinar con LELC.
- Salen del sector; para destino LECL (excepto destino LEVC) a FL240, establecido 15 DME antes. En ascenso a FL260 (15 NM antes a FL250 o superior) con origen LEAM, coordinación previa de la LER-63 con LELC en ambos casos.
- El tráfico con destino a LEVC se transferirá a LECB a nivel de crucero.
-Origen/destino LELC/LEMI vía DINCO:
- Entran al sector: con origen LELC/LEMI en ascenso a FL230.
- Salen del sector: con destino LELC/LEMI en descenso a FL240.
-Vía ASTRO:
- Entran al sector: En ascenso a FL230 con origen LECL. No se darán niveles superiores, antes de ASTRO, sin coordinar con LECB
- Salen del sector: En descenso a FL240 para destino LECL establecido 15NM antes de ASTRO. A FL240 o inferior se transferirán sobre XEBAR.
-Vía CARBO, LIGUM, TARIK:
- El sector recibirá y transferirá los tráficos previa recepción o transmisión, respectivamente, de estimada con DAAA.
-Origen/ Destino GMMW, GMTA y GMFO:
- El sector recibirá y transferirá los tráficos según coordinación previa con GMMM.
- Destino y origen GMMW y GMFO pueden proceder vía ESAMI a conveniencia de LECS y GMMM.
-Origen LEAL en salida instrumental a YES:
- Entran al sector en el límite FIR en ascenso a FL210. Sujetos a coordinación previa de LECL con LECS.
-Vía OLPOS:
- Punto de transferencia de la M445 con LECB. Unidireccional sentido NE niveles pares. A nivel de control, se considera mismo punto que ASTRO.
-Vía ANANA.
- Sujeta a la actividad de la LED-132, LED-98, y LER-63 .
-Aerovía N747 Tramo YES TOSTO y T249 VIBAS - ARPEX
- Unidireccional sentido E niveles pares. Se utiliza para encaminar el tráfico de despegue del TMA de Sevilla en la M445 excepto de LEGR con destino LECL que procederán vía M985.
Nota Los tráficos de LEGR vía OLPOS procederán vía M985 hasta librar FL260 salvo coordinación de la
actividad en LER-63 con LELC antes de incorporarse a M445.
Aerovía T252; ETURA-XEBAR:
- Unidireccional sentido NE niveles pares. Se usa para encaminar el tráfico destino LECL de la M445 a la M985.
-LEAB:
- Los tráficos origen/ destino LEAB, o sobrevolando el CTA, serán objeto de coordinación previa entre dependencias.
-GEML:
- Entran al sector: los despegues de LEMG se reciben en ascenso a 12.000ft y serán autorizados a un nivel
de vuelo, los de LEAM a nivel coordinado. Se reciben de GEML en ascenso a 6.000 pies y se coordinan con
GMMM para nivel de vuelo más alto manteniéndolo en frecuencia e informando de posibles tráficos
mientras están al sur del paralelo 35º50' N al ser espacio aéreo G. - Salen del sector: se transfiere a LEMG a FL140, a LEAM a nivel coordinado y a GEML, previa coordinación con GMMM, en descenso a FL070. Al Sur del paralelo 35º50 N se proveerá de información de tráfico a solicitud al ser espacio aéreo clase G, hasta su transferencia a GEML.
- Con LED-165, LED-166, LED-167, y LED-168 activas procederán vía PEKOP-EPATA o BERUM-AMR o viceversa a 6000' o superior. En caso de actividad de la LED169 procederán a FL140.
-Vía ANZAN:
- Entran al sector: destinos GEML, LEAM, LEGR, con origen TMA de Madrid a FL310 o inferior. Destino LEBA FL<330. No utilizable para destinos LEMG, LXGB y GMTT con origen en TMA de Madrid.
- Salen del sector: vía ANZAN permitidos despegues de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB, sobrevuelos, destino LEZG, o destino Grupo Madrid previa coordinación táctica.
-Vía MORAL:
- Salen del sector: despegando de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB a nivel de crucero solicitado, teniendo en cuenta el tráfico vía LOGRO.
- Todos los tráficos destino TMA Madrid se transferirán a FL320 o inferior.
- Entran al sector: solo se aceptarán vuelos a FL 230 o inferior. No utilizable para destino LEMG.
-Vía LOGRO
- Solo sentido N. No utilizable con destino grupo Madrid.
-Vía sector MAR
- Entran al sector: origen LEZL, LEBA y LEMO en ascenso a FL280 del sector MAR.
- Salen del sector: destino LEZL, LEBA y LEMO se transfieren al sector MAR en descenso a FL310.
-Vía sector MAR (por VIBAS)
- Entran al sector: con origen LEZL RWY09 vía MAR- MGA, en ascenso a FL240 del sector MAR.
- Con origen LEZL RWY27 vía MAR-MGA en ascenso a FL300 del sector MAR.
- Salen del sector: con destino LEZL, LEMO se transfiere en descenso para FL250 a MAR.
-ARRIBADAS LXGB:
Vía sector MAR:
- Entran al sector: se reciben en descenso a FL230 de MAR.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado, libre de tráfico y coordinando previamente con LEMG APP.
Vía MGA:
- Entran al sector: según plan de vuelo.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado, libre de tráfico y coordinando previamente con LEMG APP.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector: se reciben de ASV/APT en descenso a FL130.
- Salen del sector: se transfiere a LXGB en descenso a FL090 o nivel coordinado y libre de tráfico.
-DESPEGUES LXGB:
Vía PIMOS MGA:
- Entran al sector; se reciben de LXGB según autorización dada. Si fuera necesario, LECS coordinará con Málaga APP
- Salen del sector: según plan de vuelo.
Vía ORTOP o VJF:
- Entran al sector; según autorización dada. Se requiere coordinación con ASV/APT para el "suelto".
- Salen del sector: se transfieren a ASV/APT en ascenso a FL120.
-DESPEGUES LEMO, LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL200 de ASV/APT
- Salen del sector: según plan de vuelo.
-ARRIBADAS LEJR y LERT vía MGA:
- Entran al sector: según plan de vuelo.
- Salen del sector; se transfiere a ASV/APT en descenso a FL210, coordinando previamente con MAR si fuera
preciso.
-ARRIBADAS LEJR vía MAR:
- Salen del sector; se transfiere a sector MAR desde sector BA1 en descenso FL310.
-ARRIBADAS GMTT/GMTN vía MGA PIMOS GALTO:
- Entran al sector; según plan de vuelo.
- Salen del sector; se transfieren a GMMM en descenso a FL170.
-DESPEGUES GMTT/GMTN vía GALTO PIMOS MGA:
- Entran al sector: se reciben en ascenso a FL160 de GMMM.
- Salen del sector; según plan de vuelo.
-GECE:
- Entran al sector: despegando de LEMG salen como plan de vuelo Y en ascenso a 4000 pies o altitud de crucero si es inferior.
- Despegando de GECE como vuelo Z, se le da la autorización (ruta, código SSR y altitud) vía frecuencia y se activa su plan de vuelo EuroScope.
- Salen del sector:
- Se transfiere a LEMG como IFR o a la escucha a la frecuencia de Málaga en caso de VFR
- Arribada a GECE, se cancela IFR antes 15 NM del ARP a 4000 pies.
-LEMG:
- Entran al sector: en despegue se reciben en ascenso a 13.000ft excepto vía EPATA en ascenso a 12.000ft y serán autorizados a un nivel de vuelo.
- LEMG, según LoA en vigor, nos notificará las salidas vía PIMOS en el momento del despegue.
- Tráfico destino Málaga vía VJF se recibe de SEL en descenso a FL250.
- Salen del sector:
- Los despegues de LEMG vía JRZ o SVL se suben a FL300 y se trasfieren a SEL. Si fuera necesario se coordinará con ASV.
- Destino LEMG en descenso a FL150, excepto:
- Destino LEMG vía VJF se transfieren a FL150 a LEMG APP. Si fuera necesario se coordinará con ASV.
- Vía EPATA en descenso a FL140 y se transfiere a LEMG.
- Cuando una aeronave solicite en frecuencia de LECS proceder con aproximación GBAS a la pista en servicio, LECS coordinará con LEMG APP esta solicitud, y LECS podrá anotar en el campo text de la etiqueta, como ayuda visual "GLS R" (GLS requested).
-LEGR:
- Entran al sector: en ascenso a FL090.
- Salen del sector: en descenso a FL100 y transferencia LEGR.
- Vía VJF se transfiere a MAR a FL250.
- Los tráficos que proceden vía la STAR VULPE2D vendrán en descenso a nivel coordinado con MAR.
- Los tráficos que proceden vía AoR de MÁLAGA APP, serán coordinados con LEMG APP y LEGR APP.
-LEAM:
- Entran al sector; se reciben de LEAM en ascenso a FL140.
- Salen del sector se le transfiere en descenso a FL150. Para salidas y entradas vía RESTU, véase epígrafe RESTU.
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- A través de la función de retransmisión los tráficos se mantendrán en la frecuencia apropiada al volumen en el que vuelen, al menos durante un periodo de tiempo anterior a la separación de sectores suficiente para asegurarnos que los tráficos se encuentren en la frecuencia del nuevo sector en el momento de la separación.
5. 2. 11. Sector
NO1
NORMAS DE COORDINACIÓN N01
VOLÚMENES:
- ALCU (FL305 - FL660)
- BLNX (GND/FL305 - FL660).
- YESX (GND/FL305 - FL660).
-DESPEGUES LEMG, LEGR y LEAM y LXGB:
- Se recibirán en ascenso a FL300 o al FL final si es inferior desde el sector CEN.
-ARRIBADAS VÍA BLN a LEGR y LEAM:
- Se transferirán en descenso a FL310 vía BLN-VIBAS o BLN-BAZAS a CEN
-ARRIBADAS VÍA BLN a LEMG:
- Se transferirán en descenso a FL310 a MAR.
-ARRIBADAS VÍA YES:
- LEGR y AMR. Se transferirán en descenso a FL310 vía YES-VIBAS al sector CEN.
- LEMG. Se transferirán en descenso a FL310 vía YES_VIBAS establecido sobre BAZAS
-Origen LEAL en salida instrumental a YES:
- Entran al sector en el límite FIR en ascenso a FL210. Sujetos a coordinación previa de LECL con LECS.
-Vía ASTRO:
- Entran al sector: en ascenso a FL230 con origen LECL.
- No se darán niveles superiores antes de ASTRO, sin coordinar con LECB.
- Salen del sector: en descenso a FL240 para destino LECL establecido 15 NM antes de ASTRO a FL240 o inferior, los tráficos se transferirán en XEBAR.
-LEAB:
- Los tráficos origen/destino LEAB o sobrevuelos por el CTA serán objeto de coordinación previa entre dependencias.
-Vía ANZAN:
- Entran al sector: destinos GEML, LEAM, LEGR con origen TMA de Madrid a FL310 o inferior. Destino LEBA FL<330. No utilizable para destinos LEMG, LXGB y GMTT con origen en TMA de Madrid.
- Salen del sector: despegando de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB, o destino LEZG, autorizados a nivel requerido en FPL, establecidos en ANZAN.
-Vía MORAL:
- Salen del sector: despegando de LEMG, LEGR, LEAM, GEML y LXGB a nivel de crucero solicitado, teniendo en cuenta el tráfico vía LOGRO.
- Todos los tráficos destino TMA Madrid se transferirán a FL320 o inferior.
- Entran al sector: solo se aceptarán vuelos a FL 230 o inferior. No utilizable para destino LEMG.
-Vía LOGRO:
- Solo sentido N. No utilizable con destino grupo Madrid.
-Vía sector MAR:
- Entran al sector: origen LEZL, LEBA y LEMO en ascenso FL280 del sector MAR.
- Salen del sector: destino LEZL, LEBA y LEMO se transfieren al sector MAR en descenso a FL310.
-ARRIBADAS LEJR vía MAR:
- Salen del sector; se transfiere a MAR en descenso FL310.
-Vía OLPOS:
- Punto de transferencia de la M445 con LECB. Unidireccional sentido NE niveles pares. A nivel de control, se considera mismo punto que ASTRO.
-Vía ANANA:
- Sujeta a la actividad de la LED-132, LED-98 y LER-63.
-Aerovía N747. Tramo YES - TOSTO y T249 VIBAS - ARPEX:
- Unidireccional sentido E niveles pares. Se utiliza para encaminar el tráfico de despegue del TMA de Sevilla en la M445, excepto de LEGR con destino LECL que procederán vía M985.
Nota: los tráficos de LEGR vía OLPOS procederán vía M985 hasta librar FL260, salvo coordinación de la actividad de LER-63 con LELC, antes de incorporarse a M445.
-Aerovía T252; ETURA-XEBAR:
- Unidireccional sentido NE niveles pares. Se usa para encaminar el tráfico destino LECL de la M445 a la M985.
Notas:
- Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
- A través de la función de retransmisión los tráficos se mantendrán en la frecuencia apropiada al volumen en el que vuelen, al menos durante un periodo de tiempo anterior a la separación de sectores suficiente para asegurarnos que los tráficos se encuentren en la frecuencia del nuevo sector en el momento de la separación.
5. 2. 12. Sector SEL
NORMAS DE COORDINACIÓN SEL
VOLÚMENES
- SEVL (SFC FL355).
-SEL con SEU:
- Ascensos:
- Los tráficos en sentido correspondiente a nivel par cuyo nivel a asignar sea superior al nivel de corte, serán transferidos por SEL a SEU en ascenso a FL340 libre de tráfico a FL 350.
- Los tráficos en sentido correspondiente a nivel impar cuyo nivel a asignar sea superior al nivel de corte, serán transferidos por SEL a SEU en ascenso a FL350.
- SEL transferirá los tráficos a SEU con suficiente antelación para que éste pueda cumplir con la LoA con LECM (establecidos 10 NM antes del límite) y con la restricción de cruzar RUSEM a FL360 o superior (para los tráficos a los que les sea de aplicación).
- SEL con ASN/ASV/APT
- En general los tráficos destino aeropuertos "grupo Sevilla" LEZL, LEMO, LEBA, LERT y LEJR además de LPFR, GMTT y LXGB se transferirán a ASN/ASV/APT en descenso a FL210 excepto los tráficos destino LEZL/LEMO desde HIJ/ROSAL que serán transferidos a FL150.
-Vía PARKA:
- Salen del sector:
- Destino TMA de Madrid en descenso a FL 340 o inferior establecidos 10NM antes del límite.
- Los tráficos origen aeropuertos "grupo Sevilla" serán autorizados a ascenso hasta FL340 máximo.
- Tráfico por M30 (HIJ-PARKA-MELON-ZMR) se transferirá al sector Zamora correspondiente de LECM. Esta ruta está sujeta a la actividad de LER86C y LED126.
-Vía USIBA:
- Entran en el sector: Tráfico por Z180 (MELON-USIBA-OXACA). Ruta unidireccional sentido SUR, sujeta a la actividad de LER86C y LED126.
-Vía RUSEM:
- Salen del sector:
- Los tráficos despegando TMA de Sevilla destino TMA de Madrid a FL320 o inferior.
- PARKA y RUSEM son considerados un único punto por LECM.
-Vía MOLIN:
- Entran al sector: Destino LEZL, LEMO, LEJR y LERT a FL 350 o inferior.
-Vía CRISA:
- Entran al sector: Origen TMA de Madrid destino Grupo Sevilla FL310 máximo. MOLIN y CRISA son considerados un único punto. El tráfico vía N864 (CRISA-VULPE) llamará directamente al sector MAR, que no lo moverá hasta tenerlo en su AoR salvo coordinación.
- Salen del sector: Según plan de vuelo . No utilizable con destino Grupo (TMA) Madrid.
-Vía BLN3F destino LEZL (RWY 09):
- Se reciben del sector MAR a nivel de crucero o nivel coordinado y se transfiere a ASN/APT en descenso FL 210 o crucero si inferior.
-ROSAL / LASIB:
- El límite con LPPC a nivel inferior a FL245 es ROSAL y a nivel superior LASIB. La ruta M744 están sujetas a la actividad de las LED123 y 124. A nivel inferior a FL245, según LoA con LPPC, estas rutas están sujetas a la actividad de áreas militares portuguesas.
-LPFR:
- Entran al sector:
- en ascenso FL120 por TUPIX, NIRAK o MINTA.
- en descenso FL370 libre de tráfico a FL360 de SEU.
- Salen del sector
- en descenso FL130 por TUPIX, NIRAK o MINTA.
- en ascenso FL340 libre de tráfico a FL350 a SEU
Los tráficos en sobrevuelo en ambas direcciones se coordinarán con Faro APP por debajo de FL 245.
-LEBZ:
- Los tráficos origen o destino LEBZ serán objeto de coordinación puntual.
-PESAS:
- Entran al sector desde LPPC a nivel de crucero. Si el tráfico es destino grupo Sevilla, entra en descenso a nivel previamente coordinado.
- Salen del sector en ascenso a nivel previamente coordinado.
-LXGB: Entradas y salidas por ORTOP o VJF
- Arribadas: Se reciben de SEU en descenso a FL370 libre de tráfico a FL360 o a nivel de crucero si inferior y se descienden a FL 210 y se transfieren a ASV/APT.
- Salidas: Se reciben de ASV/APT en ascenso para FL 200, y se ascienden hasta nivel de crucero o FL340 libre de tráfico a FL350 para ser transferidos a SEU si requieren nivel superior.
-KORNO
- El tráfico vía N857 está afectado por la actividad de las LED 122, 128, y 129. Cuando estén activas, los tráficos dispondrán de la ruta alternativa VJF-RUNAX-IBALU (opción prioritaria) o podrán proceder vía MINTA (previa coordinación entre LECS y LPPC y notificación a GMAC). En caso de que el nivel final a asignar sea superior al de corte, el tráfico se autorizará a FL350 y será transferido a SEU libre para más ascenso.
-Destino LEMG vía SVL.
- Entran en el sector Se reciben de SEU en descenso a FL370 libre de tráfico a FL360 o a nivel de crucero si inferior.
- Salen del sector: Se descienden a FL 210 y se transfieren a ASV/APT.
-Destino LEGR vía SVL-MAR
- Entran al sector: Se reciben de SEU e descenso a FL370 libre de tráfico a FL360 o a nivel de crucero si inferior.
- Salen del sector: Se descienden a FL 210 y se transfieren a ASN.
-Destino LEMG vía VJF
- Tráfico destino Málaga vía VJF se trasfiere a CEN en descenso a FL250
-Destino LEGR vía VJF
- Tráfico destino Granada vía VJF se trasfiere a CEN en descenso a FL310
-GMTT: Entradas y salidas por ORTOP-BAMBA
- Arribadas: Se reciben de SEU en descenso a FL370 libre de tráfico a FL360 o a nivel de crucero si inferior de LPPC y se descienden a FL210, y se transfieren a ASV/APT.
- Salidas: Se reciben de ASV/APT en ascenso para FL200.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados.
5. 2. 13. Sector SEU
[ENNORMAS CONSTRUCCIÓN]DE COORDINACIÓN SEU
VOLÚMENES:
- SEVU (FL355 - 660).
-SEU con SEL
- Descensos:
- Los tráficos en sentido correspondiente a nivel par cuyo nivel a asignar sea inferior al nivel de corte, serán transferidos por SEU a SEL en descenso a FL360.
- Los tráficos en sentido correspondiente a nivel impar cuyo nivel a asignar sea inferior al nivel de corte, serán transferidos por SEU a SEL en descenso a FL370 libre de tráfico a FL360.
- Los tráficos destino LEBA, LERT y LEJR además de LPFR, GMTT, LXGB, LEMG y LEGR se transferirán a SEL en descenso a FL 370 libres de tráfico a FL360.
- Los tráficos destino aeropuertos "grupo Madrid" (LEMD, LEGT, LETO, LECU/VS) se transferirán a SEL en descenso a FL360 con suficiente antelación para que este pueda cumplir con la LoA con LECM (establecidos 10 NM antes del límite).
-Vía PARKA:
- Salen del sector:
- Destino TMA de Madrid en descenso FL 360 serán transferidos a SEL con suficiente antelación para que éste pueda cumplir con la LoA con LECM (establecidos 10 NM antes del límite).
- Tráfico por M30 (HIJ-PARKA-MELON-ZMR) se transferirá al sector Zamora correspondiente de LECM. Esta ruta está sujeta a la actividad de LER86C y LED126.
-Vía USIBA:
- Entran en el sector: Tráfico por Z180 (MELON-USIBA-OXACA). Ruta unidireccional sentido sur, sujeta a la actividad de LER86C y LED126.
-Vía RUSEM:
- Salen del sector: Los sobrevuelos (despegues no de TMA de Sevilla y destino no TMA de Madrid) deberán estar establecidos a FL 360 o superior 10 NM antes de RUSEM.
- PARKA y RUSEM son considerados un único punto por LECM.
-Vía CRISA:
- Entran al sector: MOLIN y CRISA son considerados un único punto. El tráfico vía N864 (CRISA-VULPE) llamará directamente al sector MAR, que no lo moverá hasta tenerlo en su AoR salvo coordinación.
- Salen del sector: No utilizable con destino Grupo (TMA) Madrid.-Vía BLN3F destino LEZL (RWY 09):
- Se reciben del sector MAR a nivel de crucero o nivel coordinado y se transfiere a SEL.
-LASIB:
- La ruta M744 están sujetas a la actividad de las LED123 y 124.
-LPFR:
- Entran al sector en ascenso FL 340 libres de tráfico a FL350.
- Salen del sector en descenso FL 370 libres de tráfico a FL360.
-PESAS:
- Entran al sector desde LPPC a nivel de crucero. Si el tráfico es destino grupo Sevilla, entra en descenso a nivel previamente coordinado.
- Salen del sector en ascenso a nivel previamente coordinado. Normalmente serán despegues de LEMO y LERT.
-LXGB: Entradas y salidas por ORTOP o VJF
- Arribadas: Se reciben a nivel de crucero y se descienden a FL 370 y se transfieren a SEL libre de tráfico a FL360.
- Salidas: Se reciben de SEL en ascenso a FL340 libres de tráfico a FL350.
-KORNO:
- El tráfico vía N857 está afectado por la actividad de las LED 122, 128, y 129. Cuando estén activas, los tráficos dispondrán de la ruta alternativa VJF-RUNAX-IBALU (opción prioritaria) o podrán proceder vía MINTA (previa coordinación entre LECS y LPPC y notificación por parte de LECS a GMAC).
-Destino LEMG LEGR vía SVL.
- Entran en el sector según plan de vuelo.
- Salen del sector: Se descienden a FL 370 y libres de tráfico a FL360 se transfieren a SEL.
-GMTT: Entradas y salidas por ORTOP-BAMBA
- Arribadas: Se reciben de LPPC a nivel de crucero se descienden a FL 370 y libres de tráfico a FL360 se transfieren a SEL.
- Salidas: Se reciben de SEL en ascenso para FL 340 libres de tráfico a FL350.
Nota: Cualquier otro caso será objeto de coordinación entre los sectores implicados
5. 2. 14. Sector SEL
[EN CONSTRUCCIÓN]

























