Actuación LECS-GMMM
GENERALIDADES
1. Propósito:
El propósito de esta documento es definir los procedimientos de coordinación que deben aplicarse entre el Centro de Control de Área de Sevilla y el Centro de Control de Área de Casablanca. Existe una LoA entre VATSIM Spain y Maghreb vACC, por lo que este documento servirá como manual de operación y guía de coordinación del CTA de LECS para con el de GMMM que profundiza en aquella LoA pero que no la sustituye, por lo que todo lo que contenga este será de estricta coordinación.
Estos procedimientos son complementarios a los especificados en los documentos de la OACI, EUROCONTROL y/o en los documentos nacionales.
1. 1. Estatus operacional:
Ambas ATSU deberán mantener coordinación constante, y en especial, el controlador o conjunto de controladores del ACC de Canarias sobre cualquier cambio en el estado operativo de sus operaciones y ayudas a la navegación que pueda afectar a los procedimientos entre ambos ACCs.
ÁREAS DE RESPONSABILIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE ATS.
2. 1. Área de Responsabilidad:
Los límites laterales y verticales de las respectivas áreas son los siguientes:
ACC CASABLANCA
-
Límites laterales: AIP Marruecos ENR 2.1.
-
Límites verticales: AIP Marruecos ENR 2.1.
-
La clasificación del espacio aéreo OACI correspondiente al área de responsabilidad del ACC de Casablanca, a lo largo del límite común entre el área de responsabilidad del ACC de Casablanca y el ACC de Sevilla, se describe en el Anexo B de este documento.
-
ACC SEVILLA
-
Límites laterales: AIP España ENR 2.1.
-
Límites verticales: AIP España ENR 2.1.
-
La clasificación del espacio aéreo OACI correspondiente al área de responsabilidad del ACC de Casablanca, a lo largo del límite común entre el área de responsabilidad del ACC de Casablanca y el ACC de Sevilla, se describe en el Anexo B de este documento..
-
2. 2. Áreas para la prestación transfronteriza de ATS.
Las áreas para la prestación transfronteriza de los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS), definidas en coordinación con las unidades de servicios de tránsito aéreo correspondientes a lo largo del límite común entre las áreas de responsabilidad del ACC de Casablanca y del ACC de Canarias, se describen en el Anexo B de este documento.
PROCEDIMIENTOS
3. 1. Procedimientos específicos:
Los procedimientos que deben aplicar el ACC de Casablanca y el ACC de Canarias se detallan en los Anexos de esta documento:
Anexo A: Definiciones y Abreviaturas
Anexo B: Área de Interés Común
Anexo C: Intercambio de Datos de Vuelo
Anexo D: Procedimientos de Coordinación
Anexo E: Transferencia de Control y Transferencia de Comunicaciones
3. 2. Difusión
Los procedimientos aquí descritos serán de coordinación, especialmente en aquellos que no están contenidos en la LoA vigente o que bien la contradigan. En ambos casos prevalecerá la LoA en caso de ambigüedad, teniendo en cualquiera de los casos el CTA de LECS coordinar con GMMM cada uno de los procedimientos descritos.
Estos procedimientos deberán ser difundidos al personal operativo de las unidades ATS implicadas de VATSIM España.
REVISIONES Y DESVIACIONES
4. 1. Revisión de los Anexos de este documento:
La revisión de los Anexos de este documento estará a cargo del Departamento de Operaciones - División de Documentación y estará basada tanto en lo previsto o documentado por el Departamento de Operaciones. Siempre prevalecerá por orden jerárquico:
- Lo publicado en el AIP y
- Finalmente, este documento junto a los procedimientos locales del vACC publicados en esta Biblioteca.
4. 2. Desviaciones temporales:
Cuando sea necesario, los responsables de los Departamentos de Operaciones podrán introducir, bajo acuerdo previo y por un periodo de tiempo específico, modificaciones temporales a los procedimientos que conciernen a ambos vACCs.
4. 3. Desviaciones incidentales:
Pueden surgir situaciones en las que se hagan desviaciones incidentales de los Procedimientos Especificados en los Anexos de este documento. En estas circunstancias, se espera que los controladores ejerzan su mejor juicio para garantizar la seguridad y eficiencia del tráfico aéreo.
INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de surgir alguna duda o discrepancia respecto a la interpretación de cualquier disposición de este documento o en caso de disputa sobre su aplicación, las controladores del ACC de Sevilla consultarán con el Departamento de Operaciones sus dudas y desacuerdos para que, si proceden, puedan ser elevadas a instancias superiores, primando siempre la LoA en vigor.
VALIDEZ
La validez de este documento tendrá vigencia en la medida que este documento esté publicado por los medios de documentación públicas de VATSIM Spain y como manual coordinación, pues no sustituye a la LoA en vigor. Se recomienda a los controladores revisar constantemente este documento antes de abrir cualquiera de las dependencias de ruta de LECS.
ANEXO A:
ABREVIATURAS
ANEXO B
Área del Interés Común
B.1. Estructura y Clasificación del Espacio Área de Interés Común.
Este Área de Interés Común (ACI) abarca la porción de espacio aéreo adyacente a cada respectivo AoR, extendiéndose 30 NM más allá de los límites de los concernientes AoRs.
- Casablanca ACC
- Sevilla ACC
B. 2. Sectorización
La sectorización dentro del ACI se muestra en el Apéndice 1 del Anexo B.
B. 3. Áreas Especiales dentro del Área de Interés Común
- Áreas Peligrosas, Prohibidas y restringidas españolas.
- Áreas que están incluidas en el AIP Español ENR 5.1.
- Áreas Peligrosas, Prohíbidas y Restringidas que están incluidas en el AIP Marroquí ENR 5.1.
B. 4. Puntos de Coordinación No Publicados
No aplicable.
APÉNDICE 1 del Anexo B
Sectorización
Sectores del ACC de Casablanca
Los apéndices son ilustrativos. Siempre mantener vigente la LoA publicada y lo establecido por Maghreb vACC.
APÉNDICE 2 del Anexo B
Sectorización
Sectores del ACC de Casablanca
ANEXO C
Intercambio de Datos de Vuelo
Mensajes de Sevilla ACC a Casablanca ACC
Mensajes de Casablanca ACC a Sevilla ACC
ANEXO D
Procedimientos de Coordinación
D. 1. FRA DCTs, Rutas-ATS, Puntos de Coordinación y Asignación de Nivel:
Las rutas ATS disponibles, DCTs y COPs a utilizar, así como la asignación de niveles de vuelo a aplicar, salvo que se indique lo contrario en el párrafo , se describen en las siguientes tablas.
D. 2. Vuelos de Casablanca ACC a Sevilla ACC
D. 3. Vuelos de Sevilla ACC a Casablanca ACC
D. 4. Puntos Significativos FRA
D. 5. Coordinación del Estado del Áreas Especiales en el Área de Interés Común
- LED169: Sevilla ACC debe notificar a Casablanca ACC (como recordatorio) por coordinación verbal cuando la LED169 será activada, antes de que la actividad tenga lugar.
- GMP21, GMD21, GMR09: Casablanca ACC informará a Sevilla ACC sobre los cambios en estas áreas. Para los límites verticales y el tiempo de actividad mirar AIP MARRUECOS ENR 5.1.
D. 6. Vuelos visuales.
Coordinación verbal obligatoria entre ambas unidades para cualquier tránsito VFR conocido.
ANEXO E
Transferencia de Control y Transferencia de Comunicaciones
Consultar la LoA en vigor entre ambas dependencias.










